Convenios España-Latinoamérica: quién grava qué
España tiene convenio de doble imposición con la mayoría de países latinoamericanos — México, Colombia, Argentina, Chile, Brasil, Uruguay, Ecuador y más — pero no con todos: Perú, por ejemplo, sigue sin convenio en vigor. El convenio decide quién grava qué: tu departamento rentado allá, tu pensión, tus dividendos, tu sueldo remoto. Aquí tienes el mapa por tipo de renta, el caso especial de los países sin convenio, y los tres errores que más dinero cuestan a los latinoamericanos en España.
Al volverte residente fiscal en España, Hacienda grava tu renta mundial — el arriendo de Bogotá, los dividendos de tu casa de bolsa mexicana, tu jubilación argentina. Pero tu país de origen no desaparece: conserva derechos de gravamen en origen. ¿Quién tiene prioridad sobre qué? Ese es el trabajo del convenio de doble imposición (CDI) — cuando existe. Vamos por partes: primero verifica tu país, luego lee el mapa.
Paso 1: ¿tu país tiene convenio con España?
La lista oficial y actualizada está en el Ministerio de Hacienda y en la Agencia Tributaria. El panorama regional, a grandes rasgos:
| Situación | Países (principales) | Qué implica |
|---|---|---|
| Convenio en vigor | México, Colombia, Argentina, Chile, Brasil, Uruguay, Ecuador, Bolivia, Venezuela, Panamá, Rep. Dominicana, Cuba, El Salvador, Costa Rica… | Reglas claras de reparto + métodos para eliminar la doble imposición |
| — Sin convenio en vigor | Perú (en tramitación desde hace años), y varios países centroamericanos | Solo la deducción unilateral española — menos generosa y sin reglas de desempate |
Sin CDI, la doble imposición solo se mitiga con la deducción unilateral del IRPF español: España descuenta lo pagado en origen, pero con límites, sin tipos reducidos en las retenciones y sin criterios de desempate si ambos países te consideran residente. Traducción práctica: mismo traslado, más fricción fiscal — y más valor en planificar con un asesor antes de mudarte, no después.
Paso 2: el mapa — quién grava qué (países con convenio)
Los convenios de España con Latinoamérica siguen en general la lógica del modelo OCDE:
| Tipo de renta | Prioridad de gravamen | Qué significa para ti |
|---|---|---|
| Inmueble en tu país (arriendo, venta) | Tu país (donde está el bien) | España también lo integra en tu Renta pero elimina la doble imposición — y entra al Modelo 720 desde 50 000 € |
| Sueldo | Donde se ejerce físicamente el trabajo | Teletrabajar desde España para una empresa de tu país = tributación española |
| Pensión privada | En general, España (país de residencia) | Tu jubilación privada suele bascular al lado español |
| Pensión pública | En general, el país que la paga | Suele seguir gravada en origen, computando para la progresividad española |
| Dividendos | Ambos: retención en origen limitada (típicamente 10-15 %), tributación española con deducción | La retención reducida NO se aplica sola: hay que invocar el convenio |
| Actividad por cuenta propia | Donde está el establecimiento permanente | Tu actividad de autónomo en España tributa en España |
Los tres errores que más cuestan
- Creer que «eso ya tributó allá»
Que tu arriendo o tus dividendos paguen impuestos en tu país no los saca de tu Renta española: se declaran aquí y se descuenta lo pagado allá según el convenio. Ocultarlos es doble error — y el intercambio automático de información bancaria (CRS) suma países latinoamericanos cada año.
- No invocar el convenio para las retenciones
El tipo reducido sobre dividendos o intereses exige presentar tu certificado de residencia fiscal español ante el pagador o el fisco de tu país. Sin ese trámite, te retienen el tipo interno completo — y las devoluciones prescriben.
- Olvidar que el convenio no exime de declarar
El inmueble de tu país entra al Modelo 720 desde 50 000 €, aunque su renta tenga prioridad de gravamen en origen. Convenio y obligaciones informativas son capas distintas — confundirlas es la sanción más evitable de todas.
El mecanismo: cómo desaparece (de verdad) la doble imposición
España aplica la deducción por doble imposición: integra tu renta mundial en el IRPF, calcula el impuesto español y descuenta lo ya pagado en tu país — con el límite de lo que España habría cobrado por esa renta. Tu país aplica su propio método (exención o deducción, según su convenio). Consecuencia práctica: según tu mezcla de rentas, el traslado puede ser neutro, favorable o costoso. Se calcula línea por línea con un asesor que domine lo internacional — no «a ojo».
Tu plan de acción, en orden
- Verifica tu país en la lista oficial de CDI — es el paso cero que cambia todo lo demás.
- Lista tus rentas por tipo (sueldo, pensión, arriendos, dividendos, negocio) y ubica cada una en el mapa.
- Pide tu certificado de residencia fiscal a Hacienda en tu primer año como residente: es la llave que activa el convenio ante el fisco de tu país.
- Prepara tu primera Renta y el Modelo 720 en el primer trimestre — y si mantienes propiedad sin ser residente, sigue en la lógica del Modelo 210.
FAQ
¿Qué países de Latinoamérica tienen convenio de doble imposición con España?
¿Qué pasa si mi país no tiene convenio con España?
¿Mi arriendo en Latinoamérica tributa dos veces si vivo en España?
¿Cómo consigo la retención reducida del convenio sobre mis dividendos?
¿El convenio me exime de declarar mis bienes de origen en España?
Para saber más
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He vivido esta transición. Puedo orientarte hacia asesores que dominan los convenios con Latinoamérica — incluido el caso sin convenio.
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