Visa nómada digital España 2026: guía para latinoamericanos
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Visa nómada digital España 2026: guía para latinoamericanos

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TL;DR Resumen rápido para los que tienen prisa

La visa de nómada digital (oficialmente «visado de teletrabajo de carácter internacional») es hoy la vía más rápida y realista para que un latinoamericano con trabajo remoto resida legalmente en España: ingresos de unos 2 850 €/mes, empleador o clientes fuera de España y titulación o 3 años de experiencia. Se pide desde tu país (visado de 1 año) o ya estando en España como turista (autorización de 3 años). Aquí tienes requisitos, montos, pasos y el bonus fiscal del 24 %.

Si trabajas en remoto para una empresa de Estados Unidos, México o cualquier lugar del mundo, y sueñas con vivir en España sin pasar por el laberinto de los visados de trabajo clásicos, esta es tu figura. Creada por la Ley de Startups en 2023 y mejorada desde entonces, la autorización de teletrabajo internacional se ha convertido en la puerta de entrada favorita de los profesionales latinoamericanos. Vamos a explicarla sin letra pequeña.

Qué es exactamente (y qué no es)

La figura la creó la Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de las empresas emergentes — la «Ley de Startups». Permite residir y trabajar en España a distancia para empresas o clientes situados fuera de España. Dos modalidades, y elegir bien importa mucho:

Modalidad Dónde se pide Duración
Visado de teletrabajo Consulado español en tu país 1 año (luego se convierte en autorización)
Autorización de residencia Desde España, ante la UGE — incluso estando como turista 3 años, renovable por 2 · residencia permanente a los 5
ℹ️
El dato que cambia la estrategia :

Sí, has leído bien: puedes entrar a España como turista y, durante tu estancia legal, presentar la solicitud de autorización directamente ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE). Obtienes 3 años directamente en lugar del año del visado consular — y la UGE resuelve en unos 20 días hábiles con silencio administrativo positivo. Es la vía preferida de la mayoría de los solicitantes latinoamericanos.

Los requisitos, uno por uno

  • Trabajo 100 % remoto para fuera de España

    Empleado de una empresa extranjera (con al menos 3 meses de relación laboral y la empresa operando desde hace 1 año) o freelance con clientes extranjeros. Como autónomo puedes facturar a clientes españoles hasta un máximo del 20 % de tu actividad.

  • Ingresos mínimos: 200 % del SMI

    Unos 2 850 €/mes en 2026 para el solicitante principal (el SMI sube cada año — verifica el importe vigente al solicitar). Se suma aproximadamente un 75 % del SMI por el primer familiar y un 25 % por cada adicional. Se acredita con contrato, nóminas o facturación.

  • Cualificación o experiencia

    Título universitario o de formación profesional, o bien 3 años de experiencia demostrable en tu campo. Cartas de empleadores anteriores y contratos sirven como prueba.

  • Antecedentes penales limpios

    Certificado de antecedentes de los países donde residiste los últimos 2 años, apostillado y traducido por traductor jurado si no está en español.

  • Seguro médico y cobertura social

    Seguro de salud con cobertura completa en España, o alta en la Seguridad Social española (los autónomos se dan de alta al llegar; los empleados dependen del convenio bilateral de su país con España).

Un matiz importante para empleados latinoamericanos: si tu país tiene convenio bilateral de Seguridad Social con España (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela y otros), tu empresa puede mantenerte cotizando en origen con el certificado de desplazamiento correspondiente. Si no lo hay, la empresa extranjera debe registrarse ante la Seguridad Social española — un freno real que hace que muchos solicitantes opten por la vía freelance.

El proceso paso a paso (vía UGE, la más usada)

1

Reúne y apostilla tu documentación en origen

1-2 meses

Antecedentes penales apostillados, título o pruebas de experiencia, contrato o facturación. La apostilla y las traducciones juradas son lo que más tarda: empieza por ahí antes de comprar el vuelo.

2

Entra a España y empadrónate

día 1

Tu estancia como turista es legal para solicitar. El empadronamiento te conviene desde el primer día — mira nuestra guía del empadronamiento sin contrato.

3

Solicita el NIE y presenta ante la UGE

20 días hábiles

La solicitud se presenta telemáticamente. Si la UGE no responde en plazo, aplica el silencio administrativo positivo: la autorización se entiende concedida.

4

Pide tu TIE con la resolución

30-45 días

Cita previa en la comisaría de tu provincia, formulario EX-17, tasa y toma de huellas — el proceso completo está en nuestra guía del NIE para latinoamericanos.

Los formularios y requisitos oficiales están en la página de la UGE del Ministerio de Inclusión; si prefieres la vía consular, localiza tu consulado en el portal del Ministerio de Asuntos Exteriores.

El bonus fiscal: régimen Beckham al 24 %

Aquí está la guinda que muchos desconocen: como teletrabajador internacional empleado, al volverte residente fiscal español puedes optar por el régimen de la Ley Beckham — un tipo fijo del 24 % sobre tus rendimientos del trabajo hasta 600 000 € durante 6 años, en lugar de la escala progresiva que supera el 45 %. Requisitos clave: no haber sido residente fiscal español en los últimos 5 años y solicitarlo dentro de los 6 meses siguientes a tu alta. Los autónomos, ojo, quedan fuera de esta opción en la mayoría de los casos.

Todos los detalles, exclusiones y el calendario exacto están en nuestra guía completa de la Ley Beckham.

Familia, renovación y camino a la permanente

La autorización cubre a tu cónyuge o pareja e hijos (con los ingresos adicionales acreditados). A los 3 años renuevas por 2 más, y a los 5 años de residencia legal continuada puedes solicitar la residencia de larga duración — el camino completo desde el teletrabajo hasta la estabilidad definitiva. Cada año de padrón y de cotización cuenta: no dejes huecos en tu empadronamiento.

📜 Texto de Ley
21 de diciembre de 2022

Ley 28/2022 — visado y autorización de residencia por teletrabajo de carácter internacional (arts. 74 y ss.)

FAQ

¿Puedo pedir la visa de nómada digital estando en España como turista?
Sí. Estando legalmente en España (incluso como turista), puedes presentar la solicitud de autorización de residencia por teletrabajo ante la UGE. Obtienes 3 años directamente, frente al año del visado consular, con resolución en unos 20 días hábiles.
¿Cuánto debo ganar para la visa de nómada digital en 2026?
El 200 % del salario mínimo interprofesional: unos 2 850 € mensuales para el solicitante principal en 2026, más un 75 % del SMI por el primer familiar y un 25 % por cada adicional. El importe se actualiza cada año con el SMI.
¿Puedo trabajar para clientes españoles con esta visa?
Solo como autónomo y con un límite: los clientes españoles no pueden superar el 20 % de tu actividad total. El resto de tus ingresos debe venir de empresas o clientes situados fuera de España.
¿Los autónomos pueden acogerse a la Ley Beckham?
En general no: el régimen Beckham está pensado para rendimientos del trabajo por cuenta ajena. Los teletrabajadores empleados sí pueden optar al 24 % fijo durante 6 años si lo solicitan dentro de los 6 meses tras su alta.
¿La visa de nómada digital lleva a la residencia permanente?
Sí. La autorización inicial de 3 años se renueva por 2, y a los 5 años de residencia legal continuada puedes solicitar la residencia de larga duración. Los años con esta autorización computan íntegramente.

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